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Inm. Desocupado 303 m2 en Villa Santa Rita

Direccion:  Concordia 1673/75


Ciudad:   Capital Federal @ ARG.


Base:   $ 300.000,00


Fecha de Exibicion: 03/10/2008 10:00:00


Lugar de Remate:  Tte Gral. J.D. Perón 1233


Fecha de Remate:  10/12/2008  10:45:00


Martillero:  MAGGIOLO, Luis -Teléfono Laboral: (011) 4382-8474


 



Juzgado Nacional de 1ra Instancia en lo Civil No. 61, Secretaria única a mi cargo, comunica por dos días en autos MIN AE SOOK C/BAIK CHONG WOON S/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA (EXPTE. Nº 73900/2005) que el martillero LUIS ALBERTO MAGGIOLO subastara el 10 de DICIEMBRE de 2008 a las 10:45 hs. en punto en Juan D. Perón 1233, Capital, el inmueble sito en la calle CONCORDIA 1673/75,Ciudad Autónoma de Bs. As., inscripta en la matricula 15-50876. Nom. Catastral: C 15; S. 79; M. 121B; P.16.- DEUDAS: Aguas Arg. (fs.149/50) al 25/06/08, $ 372.44, Aysa (fs. 145/46) al 22/05/08 $ 501.38 y A.B.L. (fs. 121) al 28/02/08 $ 2.707.76. Se trata de un terreno de 8.66 mts. de frente por 35 mts. de fondo conformando una superficie de 303 m2. La propiedad esta compuesta al frente de un patio que sirve de guardacoches y de un ambiente. Le sigue un baño, cocina, un patio en la parte media de la propiedad y un galpón al fondo, con techo de chapa que abarca todo el ancho del terreno. La misma se encuentra totalmente desocupada. El estado de conservación es de abandono y por tal motivo los accesorios se encuentran deteriorados. Esta venta se realiza al contado y al mejor postor. BASE $ 300.000. SEÑA 30%. COMISION 3% ARANCEL (acordada 10/99) 0.25%, todo en dinero en efectivo en el acto de la subasta debiendo el comprador constituir domicilio en Cap. Fed. Se hace saber a quien resulte comprador que, para el caso que no depositara el saldo de precio dentro del quinto día de realizado el remate, al mismo deberá aplicarse la tasa de interés pasiva promedio que publique el Banco Central de la República Argentina, desde el momento de la celebración del boleto y hasta el efectivo pago, aún cuando la eventual demora no le fuera imputable y sin perjuicio de la nueva subasta que pudiera decretarse (art. 584 del Cod. Procesal). Se hace saber que no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas (cfr. Plenario de la Excma. Cámara Nac. de Apelaciones en lo Civil de fecha 18.02/99 en los autos “Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra, Roberto Isaac s/ Ejecución Hipotecaria”.- EXHIBICION días 3 y 4 de diciembre 2008 de 10 a 11 horas. Buenos Aires, 4 de noviembre de 2008. Juan Hugo Bustamante, secretario. e. 20/11/2008 Nº 91.272 v. 21/11/2008







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