Vivienda c/ Patio en Constitucion
Direccion: Bernardo de Irigoyen 1636/40 UF 8
Ciudad: Capital Federal @ ARG.
Base: $45.400,00
Fecha de Exibicion: 02/08/2008 11:30:00
Lugar de Remate: Tte Gral. J.D. Perón 1233
Fecha de Remate: 07/10/2008 10:45:00
Martillero: BRONENBERG VICTORICA, Rafael
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 44, secretaría única, sito en la calle Av. de los Inmigrantes 1950 5º piso, de esta Capital Federal, comunica por dos días, en autos “Cons. Prop. Bernardo de Irigoyen 1636/44 c/ Montenegro Cabezas, Francisco Avelin s/ Ejec. de Expensas” Expediente Nº 22623/02 que el martillero don Rafael Ricardo Bronenberg Victorica, TE 4803-7048 y (15) 5316-6340; rematará el día 7 de octubre de 2008, a las 10.45 horas, en punto; en el salón de la Corporación de Rematadores, sita en la calle Tte. Gral. Juan D. Perón 1233 de esta Capital Federal; la propiedad que se exhibirá los días 2 y 3 de octubre de 2008 en el horario de 11 a 12 horas. ubicada en la calle Bernardo de Irigoyen 1636/40, U.F. 8, de esta Capital Federal. La propiedad tiene entrada independiente por el 1636, se accede por una escalera al primer piso (es una unidad independiente al resto), se llega a un hall de distribución al que dan tres habitaciones, siguiendo al fondo, un dormitorio con entrepiso, 3 habitaciones más, cocina, baño y otro supuesto baño en construcción cuyo techo se desmoronó, luego un patio abierto. Se encuentra ocupada por una inquilina sin contrato en un precario estado de conservación. BASE DE VENTA $ 45.400.-; al contado y al mejor postor y no se aceptarán posturas inferiores a los cien pesos, seña 30%, comisión 3%, arancel del 0,25% según acordada de la CSJN, todo en efectivo en el acto del remate, debiendo el comprador constituir domicilio dentro del radio de la Capital Federal, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Código Procesal. No corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registre el inmueble por impuesto, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza par solventarlas. No cabe solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13.512 (CNCIV, fallo plenario “Servicios Eficientes SA c/ Yabra, Roberto Isaac s/ ejec. Hipo.”). No procederá la compra en comisión ni la cesión del boleto. Debe por Rentas al 20/03/07 la suma de $ 6.775,02 (Fs. 135 a 138); por Aguas al 07/08/07 la suma de $ 5.330,78.- (Fs. 189 a 190); por O.S.N. al 23/02/07 la suma de $ 6.889,94.- (Fs. 127 a 134) y por Expensas hasta julio del 2008 la suma de $ 29.456,52.- (Fs. 283). Las Expensas se hallan sujetas a los reajustes de práctica y que quien resulte adquirente de la subasta se hará cargo de las expensas, en caso de insuficiencia de fondos. Buenos Aires, 24 de septiembre de 2008. Analía V. Romero, secretaria. e. 30/09/2008 Nº 88.355 v. 01/10/2008

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